FaQ

01

¿Por qué gestionar la Propiedad Industrial de mi empresa?

Es necesario gestionar la Propiedad Industrial de las empresas de la misma forma que es necesario gestionar el resto de Activos que forman parte del Balance.

El hecho de que sean Intangibles no les despoja de su condición de Patrimonio de la Empresa, con todo lo que esto conlleva. Es necesario, pues, preservar el valor económico de Patentes, Marcas y Diseños propios:

A. Siendo conscientes del estado actualizado de la Cartera de Propiedad Industrial en cada momento

B. Valorando la adecuación de esta Cartera a las necesidades de protección y explotación de la empresa.

C. Ejerciendo una acción de vigilancia de los derechos de monopolio, evitando que terceros adquiere derechos similares que devalúen la propia Cartera de Patentes y Marcas.

02

Las marcas y su protección como «marcas registradas» ®

¿Qué es una Marca? Se entiende por marcas aquellos signos (denominaciones, logotipos, formas tridimensionales, sonidos, olores y combinaciones de todos ellos) que sirven para distinguir un determinado producto o servicio de otro distinto al Mercado.

¿Por qué registrarla? Con el fin de obtener el Derecho de Uso en exclusiva sobre la citada marca, con el fin de evitar que terceros no autorizados la usen de una forma no deseada, ocasionando, de esta modo, confusión en el Mercado.

La adquisición de un registro de marca supone la obtención de un Derecho de Propiedad sobre un Signo Distintivo, con carácter indefinido. De tal modo que una marca se convierte en un Patrimonio Empresarial y, como tal, constituye un factor de valorización de la empresa que la posee.

Ámbito geográfico de protección: Va desde lo básico que es el de un determinado Estado, hasta formas de protección globales, como las Marcas Internacionales o las Marcas Comunitarias.

03

¿Son los dominios las marcas en Internet?

Los dominios en «internet» son las denominaciones que identifican un determinado «sitio web» o «web site», y, como tales identificadores, constituyen una forma de uso de la marca, cuando la web a la que direccionan es la de una empresa o negocio o la de una entidad públicamente conocida.

Sin embargo, el uso de las marcas en Internet va más allá de las direcciones de internet (los dominios), ya que en la misma web pueden utilizarse marcas (denominaciones, gráficos, etc), como contenidos .

Además, el propio «ICANN» (organismo internacional regulador del registro de dominios), cada vez más subordina la regulación de la concesión de este tipo de registros a la normativa internacional de marcas, la cual, a diferencia de la de los dominios, tiene carácter de Ley, en la mayoría de los países de la OMC (Organización Mundial del Comercio).

Resumiendo: Conviene registrar los dominios que se quieran utilizar para identificar una web con fines de publicitación; sin embargo, conviene también proteger mediante su adecuado registro como Marcas, aquellos distintivos (denominaciones y/o gráficos y/o formas tridimensionales) que identifiquen productos o servicios, cuya exclusividad de uso deba ser preservada, incluso si se utilizan en Internet.

04

Nombres Comerciales

Si bien las normas nacionales e internacionales tienden a proteger los derechos de las titulares de una determinada Razón Social registrada ante los correspondientes registros mercantiles, frente a posibles usurpaciones por parte de terceras personas que pretendan registrar las mismas denominaciones como marcas ante los Registros de Patentes y Marcas, lo cierto es que hay que proteger a los Nombres Comerciales como Marcas, si éstos se aplican a distinguir productos y/o servicios en el Mercado.

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Diseños, presentación de productos y creaciones de forma en general

Las modalidades de protección del derecho de exclusiva de los diseños de productos y de la forma de presentación de los mismos (packaging, etc.), pueden ser de dos tipos:

El Modelo Industrial

La Marca Tridimensional

Si bien ambas modalidades permiten la obtención de un derecho de exclusiva sobre el diseño en cuestión, la idoneidad de una u otra modalidad dependerá de cada caso en concreto.

Así pues, recomendamos en éste, como en el resto de los casos, consultar a un profesional cualificado de la Propiedad Industrial, ya que no existen fórmulas «standard» aplicables a todos los casos. Conviene, pues, analizar las características y necesidades para cada caso concreto con el fin de optar por una u otra modalidad.

06

¿Por qué gestionar la Propiedad Industrial de mi empresa?

Las invenciones hacen referencia a creaciones humanas de carácter original, las cuales, para ser patentables (protegibles en exclusiva) deben cumplir todos los siguientes requisitos:

  • Ser nuevas
    La condición de «novedad» supone que una invención no se encuentre comprendida en el llamado «Estado de la Técnica», es decir, que no haya sido dada a conocer al público con anterioridad o que no exista ya otra invención que sea similar a la invención que se pretende patentar.
    En España la condición de novedad debe ser «mundial» si la opción de protección de la invención es la de Patente; y «nacional» si la modalidad de protección adecuada a la invención es la de «Modelo de Utilidad».
  • Comportar una actividad inventiva
    La «actividad inventiva» hace referencia a que una invención no puede derivarse de forma evidente para un experto en la materia del Estado de la Técnica existente.
  • Ser susceptibles de una aplicación industrial
    En cuanto a la condición de la «aplicación industrial», evidentemente hace referencia a que la invención a patentar debe ser susceptible de aplicación a la industria aportando mejoras al funcionamiento de la misma.